Declaraciones de patrimonio: un sistema que debe ser mejorado

Un nuevo ciclo democrático ha comenzado en Chile y nuestras autoridades, tanto salientes como entrantes, han realizado sus declaraciones de patrimonio y de interés. Las menos de ellas podemos conocerlas mediante las páginas de transparencia activa de cada uno de los servicios públicos; las más, se encuentran en la Contraloría General de la República y deben ser solicitadas mediante un sistema que colisiona claramente con el libre acceso a la información pública que hoy rige en nuestro país.

Las declaraciones juradas de patrimonio e interés son para los expertos una de las mejores formas de combatir el enriquecimiento ilícito, el tráfico de influencias y los conflictos de interés.

El panorama en Chile no es el más alentador, por cuanto contamos con declaraciones que en su formulación son muy discrecionales, simplemente formales e incompletas. Además, no permiten el buen uso de los datos al encontrarse la totalidad de ellas en formato papel o en una copia digital en PDF, lo que atenta contra la reutilización de los datos y el valor social que debe tener la información pública, no permitiendo que de una forma rápida se puedan cruzar datos y cumplir el rol fiscalizador que nos corresponde, con la prudencia del caso, desde la sociedad civil.

Por otra parte, al no obligarse la valorización de los bienes con los valores comerciales o a declarar claramente todo tipo de inversiones y bienes, nos encontramos en muchas declaraciones patrimonios bastantes disminuidos y que distan de la realidad del valor mercado que es el que finalmente resulta relevante, más allá de participaciones o porcentajes en sociedades. Estamos entonces frente a un “cumpli-miento” muchas veces formal, pero que no satisface con la intención y propósito de la norma.

En 2011, y producto de un acuerdo transversal con parlamentarios de la época, se ingresó el proyecto de ley denominado “probidad en la función pública” que establece un estándar que mejora considerablemente este tipo de declaraciones y se hace cargo de las críticas antes señaladas. Asimismo, moderniza el sistema y permite que tanto ciudadanos como la Contraloría General de la República puedan constatar la veracidad e idoneidad de lo ahí declarado.

Lamentablemente y a pesar de su rápido y casi unánime respaldo en la Cámara de Diputados, esta ley ha encontrado un gran obstáculo en la comisión de gobierno interior del Senado, donde a pesar de insistentes urgencias se encuentra estancada y no tiene un horizonte claro para su aprobación.

En días donde se discute intensamente sobre el sistema electoral que nos rige y se propone aumentar el número de parlamentarios, estimamos indispensable la rápida aprobación de la ley de probidad en la función pública ya que la ciudadanía exige mayores controles y transparencia a nuestras autoridades y las declaraciones de patrimonio e interés, tal como se regulan en este proyecto, nos dejarían en una posición de avanzada, dejando atrás el incompleto y arcaico sistema que hoy nos rige.

Gonzalo Delaveau S.